Esta semana la Asamblea
Nacional reformó
varios artículos del código civil de Ecuador en donde establece la unión entre
dos personas y no solo entre hombre y mujer.
Así mismo la normativa elimina el requisito de los dos años de
convivencia, pero que al mismo tiempo señala que en caso de controversia o para
efectos probatorios, se requerirán al menos dos años de transcurrida la
relación monogámica. ¡Felicidades!
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