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jueves, 2 de agosto de 2018

LA PORNOGRAFÍA ES TIPIFICADA... ¡COMO DELITO SEXUAL!



Esta semana la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó un artículo en donde se buscará sancionar hasta con 15 años de cárcel a aquellas personas que distribuyan, produzcan y vendan cualquier tipo de material pornográfico a través de cualquier medio; con el objetivo de erradicar la explotación sexual.

Con la aprobación de esta nueva ley se espera prevenir, terminar y disminuir problemas de delitos en materia de trata de personas así como promover la protección de las víctimas de explotación. Así mismo se especificó que habrá una excepción con aquellas personas que usen el material con un fin educativo, científico, artístico o técnico.

Sin embargo, expertos afirman que esta nueva ley podría ser malinterpretada y algunas personas podrían ser acusadas injustamente de explotación sexual ‘Supongamos que un día en una cadena de WhatsApp te llega una imagen de un menor sin ropa y sin que te enteres se almacena en tus archivos; en un operativo o revisión de tu celular puedes ser acusado de delito de trata’ explicó Areli Rojas, presidenta de ‘¿Y quién habla por mí?’ a un periódico mexicano. ¡Kha trista!

jueves, 2 de abril de 2015

INFECTAN A NIÑOS DE VIH EN UN HOSPITAL DEL IMSS

El caso de dos niños que fueron infectados con VIH durante una transfusión sanguínea en un hospital del IMSS fue presentado hace unos días en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Según información publicada por un periódico de circulación nacional, los dos contagios se dieron en el Servicio Aféresis y de Transfusiones de la Unidad Médica de Alta Especialidad del Centro Médico Nacional La Raza, donde el hospital tuvo conocimiento del caso, pero no aprobó los dictámenes médicos que permitieran evaluar la magnitud de la enfermedad en los menores.

‘El IMSS intenta evadir su responsabilidad, a través de una indemnización que es por lo menos ofensiva, atendiendo a la magnitud del daño causado’ reveló el padre de uno de los pequeños afectados quien exige el derecho a la reparación del daño y perjuicio personal, pues su hijo deberá estar en tratamiento de por vida, como consecuencia de la negligencia en el 2008.

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