Desde el pasado 30 de abril ya no podrán contraer matrimonio los
menores de edad en México, aún con la autorización de los padres o tutores, ya
que ahora los contrayentes deberán presentar identificación oficial que
acredite su mayoría de edad, de acuerdo con la modificación al Código Civil Federal, aprobada por la Cámara de Diputados.
Además el escrito de solicitud para contraer matrimonio deberá
ser acompañado del acta de nacimiento y una identificación oficial vigente de
los contrayentes, que acredite su mayoría de edad, y que son impedimentos para
dicha acción, la amenaza, la coerción y la violencia.
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